Cambios en el nuevo proyecto impositivo

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Ganancias, monotributo y Bienes Personales: los cambios en el nuevo proyecto del Gobierno

Estos son los cambios en el nuevo paquete impositivo que propone el Gobierno anexo a la nueva versión de la Ley Bases
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14 de marzo de 2024 a las 16:43

El Poder Ejecutivo Nacional incluirá la restitución del Impuesto a las Ganancias para asalariados en el proyecto de ley que contempla una serie de medidas fiscales entre las que se encuentran un blanqueo, una moratoria, cambios en el impuesto a los Bienes Personales, la modificación del monotributo y la eliminación del impuesto a las transferencias de inmuebles.

La iniciativa sería enviada en las próximas horas al Congreso Nacional bajo el título “Proyecto de Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”.

Impuesto a las Ganancias

El proyecto tributario y fiscal que el Gobierno presentará al Congreso y a los gobernadores como un anexo de la Ley de Bases incluye un apartado específico dedicado a modificar el Impuesto a las Ganancias. En este texto, se plantea la intención de restablecer el equilibrio dentro del esquema de este impuesto, incorporando a aquellos contribuyentes que demuestran una capacidad contributiva suficiente para ser alcanzados por el tributo.

La norma enfatiza en respetar la progresividad como principio rector de la Ley del Impuesto a las Ganancias. Para lograr esto, se propone modificar dicha ley mediante la aplicación de alícuotas progresivas, con el objetivo de establecer una carga tributaria que permita al Estado recuperar los ingresos perdidos debido a políticas fiscales anteriores a diciembre de 2023.

Bajo las nuevas normas propuestas, se asegura que ningún contribuyente verá anulado totalmente el aumento de sus ingresos por el impuesto, ya que se aplicará una tributación mayor únicamente sobre el incremento de la renta.

Según los análisis de los especialistas, el mínimo no imponible (MNI) equivale a 15 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM). Hasta junio, se toma el monto previo a la última actualización, que era de $156.000, lo que establece un monto del MNI de $2.360.000.

Para los trabajadores en relación de dependencia, la deducción anual es de 3,8 veces el mínimo no imponible, equivalente a $12 millones anuales o algo menos de $1 millón mensual, considerando los aguinaldos.

Monotributo

El paquete de reforma fiscal promovido por el oficialismo incluye cambios significativos en el monotributo. Una de las principales propuestas del gobierno es actualizar las escalas de este régimen de manera trimestral. Como parte de esta actualización, se aumentan las contribuciones jubilatorias y de la obra social para aquellos que están inscritos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Además, se agrega una contribución adicional al Régimen Nacional de Obras Sociales, que será opcional para los contribuyentes.

El incremento de las escalas se realizará trimestralmente utilizando el Índice de Precios al Consumidor (IPC) medido por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) a partir del mes de abril.

Dentro de las nuevas escalas propuestas en el proyecto, se actualiza en un 10% las contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) para todas las categorías, excepto la categoría A, que se establece en $9.800.

Además, se eleva a $13.800 la contribución al Régimen Nacional de Obras Sociales para las categorías A, B y C, de las cuales el 10% se destinará al Fondo Solidario de Redistribución. Las demás categorías tendrán los siguientes aportes:

- Categoría D: $16.400
- Categoría E: $19.000
- Categoría F: $22.000
- Categoría G: $25.000
- Categoría H: $29.000
- Categoría I: $33.000
- Categoría J: $38.000
- Categoría K: $44.000

Bienes personales

El nuevo régimen llevará el nombre de Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (“REIBP”) y será válido para todos los períodos fiscales hasta su caducidad, que está fijada para el 31 de diciembre de 2027.

La adhesión al régimen implicará que los contribuyentes quedarán exentos de cualquier acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones vinculadas a los bienes, créditos y tenencias declaradas.

Este régimen es opcional y podrán adherirse personas humanas, sucesiones indivisas, responsables sustitutos, residentes y no residentes en la fecha de adhesión, siempre que hayan sido residentes fiscales en el país antes del 31 de diciembre de 2023.

Además, se incorpora un premio a los contribuyentes cumplidores desde 2020 hasta la fecha, con una reducción de la alícuota de Bienes Personales para los períodos fiscales 2024, 2025 y 2026.

La adhesión al REIBP estará disponible hasta el 31 de mayo de 2024. Los contribuyentes tributarán el impuesto sobre los Bienes Personales de forma unificada y adelantada para los períodos fiscales de 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027.

El cálculo del impuesto se basará en los bienes existentes en el patrimonio del contribuyente al 31 de diciembre de 2023, con alícuotas que van del 0,5% al 0,75%.

El impuesto total deberá ser cancelado hasta el 31 de julio de 2024. El Ejecutivo nacional podrá extender esta fecha hasta el 30 de agosto de 2024.

El artículo 25 detalla: "El gravamen a ingresar por los contribuyentes indicados será el que resulte de aplicar, sobre el valor total de los bienes situados en el país y en el exterior sujetos al impuesto que exceda del establecido en el artículo 24, la siguiente escala".

 

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